La DGT parece que esta vez podría escuchar las reivindicaciones y peticiones del colectivo motorista, permitiendo a estos circular por el arcén en determinadas circunstancias, tras y como se recoge en las últimas noticias que llegan desde el ente público.
En la actualidad el circular por el arcén con nuestra motocicleta puede incurrir en un delito tipificado en el código penal con sanciones por valor de 200 euros. Algo poco entendible si damos por hecho que la moto como tal, puede emplearse para descongestionar el tráfico en infinidad de situaciones.
Sin embargo, las normativas creadas en torno a la moto y los usuarios de la misma, no suelen ir encaminada a resolver este tipo de situaciones, tal y como podemos comprobar con solo echar un ojo a la ley actual y todos aquellos artículos aplicables al colectivo motero.
Circular por el arcén podría dejar de estar prohibido… Por fin
En las últimas horas, ha saltado la noticia de que circular por el arcén a los mandos de una moto podría convertirse en una actividad legal para 2025. Eso sí, solo bajo determinadas circunstancias y cuando no se superen los 30 km/h.
Se modificará el actual capítulo 36 del Reglamento General de Circulación, concretamente en lo concerniente a su punto 3. En cualquier caso, solo se aplicará la norma cuando, por circunstancias del tráfico (atascos y retenciones), sea beneficioso para la circulación. Además, se deberá de respetar siempre la prioridad de cualquier vehículo que por ley deba de circular por el arcén.