Conocer la velocidad máxima legal en cada carretera o calle por la que circulamos en moto es importante para no llevarse sorpresas con las multas. En España las motos tienen exactamente los mismos límites que los coches, los más altos entre todos los vehículos (pues vehículos industriales, autobuses o camiones los tienen más bajos).
Una de las preguntas más repetidas es: ¿se puede superar el límite de velocidad en un adelantamiento? La respuesta no es sencilla, porque “depende”. No se puede ni en autovía, autopista o vía urbana: no sería pues legal circular a 140 km/h en las dos primeras mientras adelantamos, ni hasta 70 km/h en el segundo caso. En carretera convencional sí que existe un margen de 20 km/h por el que es posible superar la velocidad máxima. Esta puede ser 90 o 100 km/h, en función del ancho del arcén y las indicaciones. Pero si el vehículo al que pretendemos adelantar ya circula a la velocidad máxima de la vía, no podremos adelantarle. Solamente si circula por debajo, entonces sí podremos superar el límite para agilizar el adelantamiento. Por ejemplo: si encontramos un coche circulando a 85 km/h en una vía limitada a 90, podríamos alcanzar hasta 110 km/h para superarle. Si la vía estuviera limitada a 100, podríamos hasta 120 km/h.
Velocidad máxima por vía
Las vías urbanas están limitadas “genéricamente” a 50 km/h pero puede haber limitaciones mayores localmente. Las señales tienen prioridad sobre la limitación genérica, es decir, si en una calle hay una señal que la limita a 20, 30 o 40 km/h, ésa será la velocidad máxima en esa calle. Conviene estar también atento a las limitaciones por carriles: cada vez hay más carriles bici incluidos en la calzada de una calle de varios carriles. Para indicarlo tiene que estar pintado en el asfalto el símbolo de la bicicleta y la limitación de velocidad (suele ser 20 o 30 km/h). Si circulamos por ese carril, no debemos superar esa velocidad aunque en los otros sí exista la limitación genérica de 50 km/h.




