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Ayuntamiento de Madrid: lo de los patinetes y las etiquetas es ilegal

La nueva Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid sigue trayendo cola. Permitir circular patinetes a motor por la calle es directamente ilegal y conviene saberlo por si tenemos un accidente con uno. Pero tampoco es legal la situación de las etiquetas medioambientales.

Después de un tiempo hablando de ella, el Ayuntamiento de Madrid aprobó a principios de octubre su nueva Ordenanza de Movilidad con algunos conceptos “revolucionarios”. En algunos casos nos pueden afectar mucho, no sólo por la posibilidad de circular libremente con nuestra moto, sino por el riesgo que puede suponer encontrarnos dentro del tráfico novedades como los patinetes a motor. No es algo anecdótico: en Francia el año pasado hubo cinco muertos y casi trescientos heridos en accidentes de patinetes. Tras la publicación en el Boletín Oficial el pasado 23 de octubre la Ordenanza ha entrado en vigor, pero hay temas que se han aplazado y otros que van a ser recurridos en instancias superiores porque se consideran, directamente, ilegales. Así nos lo ha detallado Mario Arnaldo, de Automovilistas Europeos Asociados y gran especialista en legislación de tráfico y vehículos.

Para empezar, según Arnaldo, la Ordenanza en sí al completo está llena de errores y muchas irregularidades. Tan es así que ya se han pedido diferentes rectificaciones al Ayuntamiento y si no son atendidas en un plazo de dos meses, llevarán la norma a recurso ante el Tribunal Supremo. Por ejemplo, por la redacción de la Ordenanza el Ayuntamiento ha suprimido las 236.000 autorizaciones a residentes para aparcar en zonas controladas SER (las populares “tarjetas verdes”) que usan coches normales y no furgonetas o pickups de reparto.

Trafico en Madrid

Otro ejemplo de algo irregular es el tema de los distintivos medioambientales. La DGT los creó para clasificar el parque de vehículos según su potencial contaminante, y eran de uso voluntario. Aunque la misma DGT sí estableció que las autoridades locales (ayuntamientos) podrían usarlas para adoptar medidas de control del tráfico en base a ellas, incluso hacer obligatorio su uso para ese fin. Sin embargo, las etiquetas no las tiene todo el mundo ni son gratuitas: la DGT hizo un envío inicial de 4’5 millones de etiquetas (no se sabe con qué criterio) pero quedan todavía unos 14 millones de vehículos más en España con derecho a etiqueta, que no la tienen. Si hay que comprarla en Correos (como pretenden ahora mismo) a 5 euros la pieza, es un negocio de 70 millones de euros que no está claro cómo se justifica, ni cuenta con soporte legal. Legal será que, en cuanto alguna administración haga obligatorios estos distintivos, se emita una Ley de Tasas que establezca su coste y administración.

Esa ley no existe y los 5 euros actuales por etiqueta no son una tasa. Quedan seis meses para que el Ayuntamiento lo haga obligatorio (establecieron ese plazo en la Ordenanza) y deberá corregirse esto. Por cierto, si los distintivos no son obligatorios hasta dentro de seis meses, pero son necesarios para discriminar el tráfico en la parte central de Madrid… ¿cómo pretende el Ayuntamiento controlar esos cortes de tráfico, que quieren activar el 30 de noviembre? Ya se retrasó hace pocos días una semana del previsto 23, pero seguramente tendrán que aplazarlo bastante más allá…

Los patinetes a motor y qué hacer en caso de accidente

Mario Arnaldo es muy claro respecto de los patinetes a motor: son ilegales y no pueden circular. Ni por las aceras, ni desde luego por la calzada. Estos aparatos no están contemplados en el Reglamento General de Vehículos y, por lo tanto, legalmente ni siquiera se pueden considerar tal cosa (vehículos). Tampoco hay ninguna regulación relativa a ellos en el Reglamento General de Circulación, y estas dos normas son leyes de nivel estatal. Una Ordenanza municipal es una ley local que no puede contradecir las normas más generales. Lo único que sí puede es autorizar su uso limitado en zonas acotadas, reservadas para ello como un parque, nada más. Como decimos, ni aceras o zonas peatonales, ni calles o carreteras.

Patinetes urbanos

Para que quede claro, pues: desde el punto de vista jurídico, permitir a los patinetes a motor circular por la calzada es algo totalmente ilegal. Algunos, y el propio Ayuntamiento de Madrid parece uno de ellos, se acogen a lo que indica un documento de la propia DGT relativo a esto. Es la Instrucción 16/V-124 (que puedes ver aquí si tienes curiosidad). Pero esa instrucción es un documento orientativo, no es una ley ni un reglamento, y por lo tanto su único valor es ése, orientar. No regula ni reglamenta, y por lo tanto prevalecen los actuales Reglamentos (de vehículos y circulación). Y ahí, para Arnaldo, está muy clara la prohibición de usar los patinetes a motor en aceras y calzada.

¿Qué hacemos si andando en moto o en coche tenemos un accidente con un patinete? Quien estuviera usándolo debe tener claro que está en situación ilegal y, por lo tanto, será el responsable único de lo que ocurra. Es algo a lo que debería darse más relevancia: sí, es buena la recomendación de que lleven casco por su seguridad, pero más importante sería recordarles que (hasta que cambie la ley y diga lo que diga la Ordenanza) circulan ilegalmente y ante cualquier incidente incurrirán en responsabilidades. Más vale que tengan un buen seguro de responsabilidad civil, sea del patinete o del hogar, por lo que puedan encontrarse. Tener un toque con una moto y que ésta se caiga casi parada puede ser barato (y lo tendrán que pagar) pero atropellar a alguien puede dejarles sin casa.

Zona de motos en Madrid

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