Apenas 12.443 plazas de aparcamiento para los más de 269.000 motos y ciclomotores que circulan por Madrid. Las cifras son así de contundentes y el problema de la capital de España con el aparcamiento de las motos está lejos de solucionarse. Y eso que el consistorio acaba de anunciar la creación de 336 nuevas plazas específicas para motos y ciclomotores… Afortunadamente la prohibición de aparcar sobre la acera es más laxa de lo esperado y, con las lógicas limitaciones, podemos seguir aparcando las motos sobre la acera en Madrid en 2022. Sino, el problema del aparcamiento sería mucho más grave.
Claro que aún estamos lejos de llegar a las 25.000 plazas específicas para motos y ciclomotores prometidas por el Ayuntamiento de Madrid. ANESDOR, la asociación nacional de fabricantes de moto, se ha pronunciado al respecto y «considera positivo que Madrid haya creado 336 nuevos aparcamientos para motoristas, pero pide un esfuerzo para alcanzar los objetivos municipales de 25.000 plazas para 2023″. Sin embargo, añade que esto es «insuficiente, ya que el grado de cobertura para aparcamiento específico de estos vehículos sigue siendo muy bajo. En la ciudad, el 14% de los vehículos registrados son motos: 269.000 unidades».
Un problema de proporciones
ANESDOR insiste en su comunicado afirmando que el problema de Madrid con el aparcamiento de motos y ciclomotores está muy lejos de solucionarse: «en los distritos donde está implantada la zona SER en Madrid hay 1.511.652 m2 de superficie dedicada a aparcamiento en calzada y solo el 1,8% se dedica a las motos, en torno a 10.000 plazas. Si se destinara la misma proporción de superficie de aparcamiento a la moto que la que representa en el parque (14%), es decir 211.631 m2, se tendrían 70.500 plazas disponibles (asumiendo 3 m2 por plaza), unas 60.000 más de las actuales, llegando a una cobertura del 27% del parque de motos». Algo que parece de cajón, ¿no?
Así, los moteros madrileños están «abocados a aparcar en las aceras, el lugar que históricamente se les ha concedido. Como objetivo a medio plazo, ANESDOR considera necesario que se alcance una cobertura de aparcamiento que permita que todo el estacionamiento sea en calzada, algo aún muy lejano a tenor de las cifras». O, dicho de otro modo, estamos de acuerdo en aparcar fuera de la acera, pero cuando tengamos las plazas específicas suficientes. ANESDOR estima que estas nuevas plazas «se deben implantar de forma homogénea: antes y después de los pasos de peatones, en los cruces, para mejorar la visibilidad y, en general, en aquellos espacios aprovechables de la calzada, como pueden ser las zonas exteriores de algunas rotondas», remarca la asociación.
La moto en Madrid… Y en España
Aunque no todo iban a ser malas noticias (o regulares). Y es que ANESDOR también señala que «el desarrollo de nuevas líneas de aparcamiento para motoristas es una buena noticia, como lo han sido iniciativas como la zona parada avanzada antes de los semáforos, la retirada de las peligrosas aletas de tiburón de múltiples calles o proyectos piloto como el carril ‘Avanza Moto’ en la Avenida de Asturias». Buenas noticias para los moteros madrileños, sin duda.
Además, la «reciente habilitación de zonas 30, fuera de las grandes arterias de comunicación de las ciudades, supondrá una mejora de su seguridad vial, que debe compaginarse con planes específicos de protección de los colectivos vulnerables en el tráfico». Y es que cada vez somos más moteros en España y más aún en grandes ciudades como Madrid. De hecho la última previsión de ANESDOR es que las ventas de motos crecerán en España un 9,2 % este 2022.
Por cierto, si quieres saber las excepciones en las que puedes aparcar tu moto sobre la acera en Madrid, consulta la nueva ordenanza que regula Madrid Distrito Centro en nuestro apartado de descargas un poco más abajo. Así, el artículo 48 establece que «con carácter excepcional, los referidos vehículos podrán estacionarse en la acera de las calles que no hayan sido declaradas peatonales ni de especial protección para el peatón cuando no exista una reserva específica para estos vehículos debidamente señalizada y visible a menos de cincuenta metros, siempre que cumplan los siguientes requisitos y condiciones…». Sigue leyendo aquí o descarga la ordenanza debajo de estas líneas.