El Ayuntamiento de Madrid implementará un periodo informativo de 12 meses, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, para notificar a los ciudadanos sobre la prohibición de circulación en la capital de vehículos sin etiqueta ambiental (categoría A) registrados en la ciudad.
La restricción de acceso a Madrid ZBE (Zona de Bajas Emisiones), que abarca toda la capital, afectará a coches, motocicletas y vehículos de mercancías sin etiqueta ambiental empadronados en Madrid o inscritos en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Aunque la medida entrará en vigor el 1 de enero de 2025, durante el primer año no se aplicarán sanciones, sino que se enviarán notificaciones informativas.
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Así pues, los propietarios de los vehículos afectados recibirán una carta en su domicilio si las cámaras detectan una infracción entre las 00:00 horas del 1 de enero y las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2025. No habrá sanción ya que dichas notificaciones tendrán carácter meramente informativo.
El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, comunicó la medida en una rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, donde también detalló algunas excepciones para los vehículos tipo A que podrán acceder a la ciudad.
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El alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, ya había anticipado la existencia de un informe que Carabante presentaría en la Junta de Gobierno. Dicho informe evalúa la situación ambiental de Madrid y el impacto de la prohibición de circulación de los vehículos sin etiqueta ambiental. Además, el documento considera posibles excepciones si estas son compatibles con la mejora de la calidad del aire en la ciudad.
Como todos sabemos, Madrid es una de las principales ciudades de España que ha implementado mayores restricciones de movilidad con el objetivo de mejorar la calidad del aire. Estas medidas, aunque en ocasiones fueron muy impopulares por limitar el uso de vehículos, han logrado reducir la media de partículas en suspensión en la capital.
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Entre las iniciativas adoptadas, y que ahora se vienen abajo, destacaba la prohibición de circulación para vehículos sin etiqueta medioambiental, que tienen restringido el acceso a vías como la M-30 y la M-40, bajo pena de multas de hasta 200 euros. Como no puede ser de otra manera, esta normativa generó mucha controversia y protestas, en su momento, especialmente entre colectivos que defienden el uso continuado de estos automóviles.
Pero, como os estamos contando, va a haber cambios para los propietarios de vehículos sin etiqueta de la DGT, como los gasolina matriculados antes del 1 de enero de 2001 y los diésel anteriores a 2006. Así lo ha señalado el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida: “Los datos de noviembre han sido los mejores de la historia en términos de calidad del aire. Hemos batido un nuevo récord histórico, lo que confirma que la contaminación sigue disminuyendo en Madrid”.
El alcalde también mencionó la posibilidad de flexibilizar las restricciones previstas para 2025: “El próximo año estaba programada la implementación de zonas de bajas emisiones para los vehículos sin etiqueta ambiental de los residentes en Madrid. En base a los datos, se presentará una propuesta a la Junta de Gobierno para evaluar si se puede permitir la circulación de ciertos vehículos. Además, subrayó la importancia de equilibrar desarrollo económico y calidad de vida: “Si hemos alcanzado los mejores registros de calidad del aire, debemos analizar cuidadosamente las consecuencias de aplicar esta medida de forma estricta”.
El Ayuntamiento de Madrid busca con esta medida fomentar la renovación del parque automovilístico, incentivando a los propietarios de vehículos categoría A (gasolina matriculados antes del año 2000 y diésel anteriores a 2006) a sustituirlos por modelos que cuenten con etiqueta ambiental de la DGT.
Multas para vehículos no empadronados y sin etiqueta ambiental
Los vehículos sin etiqueta que no estén registrados en el padrón o en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de Madrid no contarán con este periodo de aviso.
Si acceden a las ZBE sin cumplir alguna de las excepciones contempladas por el Ayuntamiento, serán sancionados directamente con una multa de 200 euros.
Excepciones al acceso restringido
El Ayuntamiento ha detallado nuevas excepciones para el acceso a las ZBE, agrupadas en tres categorías principales:
- Acceso por motivos médicos: Propietarios o familiares que necesiten desplazarse a centros médicos u hospitalarios para recibir tratamientos de salud.
- Autónomos y pequeñas empresas: Autónomos de 59 años (cumplidos en 2025) o sociedades unipersonales cuya flota esté compuesta en al menos un 50% por vehículos sin etiqueta ambiental de más de 3,5 toneladas.
- Retrasos en la entrega de vehículos nuevos: Personas que hayan adquirido un coche nuevo de bajas emisiones pero que, debido a demoras en la fabricación, aún no lo hayan recibido.
- Exenciones habituales para vehículos históricos y aquellos destinados al transporte de personas con movilidad reducida (PMR).