Publicidad
[the_ad_placement id="adsense-mega-2-mobile"]

Cómo evitarte un disgusto en tu próxima ITV

Fotos: Arkangel
Desde el 14 de enero, la homolagoción de componentes menores de una moto como intermitentes, luces o escapes, ya no es condición suficiente para poder pasar la ITV. Te explicamos cómo legalizar con la nueva normativa los elementos no de serie de tu vehículo.

Cualquier cambio realizado en un vehículo a partir del día 14/01/2011, fecha de entrada en vigor de la nueva normativa, está sujeto a nuevas pruebas a realizar por los laboratorios y sujetos a nuevas legalizaciones.

Esto quiere decir que, a partir de ahora, cualquier cambio de intermitencia, luces, etc, elementos que anteriormente no necesitaban ser legalizados (ya que estaban homologados), en estos momentos deben ser legalizados.

Si se ha instalado en el vehículo un nuevo juego de intermitentes, faros, pilotos traseros, escapes homologados, espejos… disponemos de seis meses para legalizarlos. A partir de esa fecha, cuando queramos pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de nuestra moto, tendremos que realizar los trámites de legalización que consisten en conseguir un informe de laboratorios y, en caso necesario, también un y proyecto.

Para ello, si queremos legalizar ese tipo de cambios menores que a día de hoy tenga nuestra montura – legales con la anterior norma siempre que se tratara de piezas homologadas – debemos acudir con un documento similar al que aquí os adjuntamos () junto a un certificado de taller con fecha anterior al 14/01/2011 a realizar una visita a nuestra ITV para que incluyan dichas modificaciones en la ficha técnica de la moto.

Lo último

Lo más leído