Cualquier cambio realizado en un vehículo a partir del día 14/01/2011, fecha de entrada en vigor de la nueva normativa, está sujeto a nuevas pruebas a realizar por los laboratorios y sujetos a nuevas legalizaciones.
Esto quiere decir que, a partir de ahora, cualquier cambio de intermitencia, luces, etc, elementos que anteriormente no necesitaban ser legalizados (ya que estaban homologados), en estos momentos deben ser legalizados.
Si se ha instalado en el vehículo un nuevo juego de intermitentes, faros, pilotos traseros, escapes homologados, espejos… disponemos de seis meses para legalizarlos. A partir de esa fecha, cuando queramos pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de nuestra moto, tendremos que realizar los trámites de legalización que consisten en conseguir un informe de laboratorios y, en caso necesario, también un y proyecto.
Para ello, si queremos legalizar ese tipo de cambios menores que a día de hoy tenga nuestra montura – legales con la anterior norma siempre que se tratara de piezas homologadas – debemos acudir con un documento similar al que aquí os adjuntamos (