En las últimas semanas hemos asistido a noticias que hablaban de cambios importantes a la hora de poder sacarse en carné de moto. Sí es cierto que hay cambios reseñables que se deben tener en cuenta si vas a examinarte en 2021, pero te adelantamos que la mayoría son matices y puntualizaciones a normas que ya llevan un tiempo en vigor, en algunos casos más de dos décadas. Una vez dicho esto, entramos en materia punto por punto:
¿Con qué moto puedo sacarme el carné de conducir?
Desde que en 1997 entrase en vigor la normativa que permitía poder examinarse con una moto automática esta opción ha estado presente para todos aquellos que han querido acogerse a ello. Más de diez años después, entró en marcha la normativa actual (Reglamento General de Conductores de 08/05/09, última versión de 25/02/21) que recogía que al haberse sacado el permiso con una moto automática solamente se estaba habilitado para conducir este tipo de motos, algo que quedaba reflejado en el permiso.
¿Se puede sacar el carné con una moto eléctrica?
Por otro lado, desde 2013 también se puede examinar a los mandos de una moto eléctrica. En este caso, hacerlo con una moto eléctrica no te limita a poder conducir sólo eléctricas, pero si esta es automática (como todas por ahora) uno se ve limitado al igual que si fuera de combustión.
¿Qué más ha cambiado sobre las motos del exámen?
También hay que tener en cuenta que el pasado mes de noviembre cambió el tamaño de la rueda delantera permitida, pasando de no menos de 16 pulgadas a no menos de 15: Modificación del 11/11/20- Para el permiso de la clase A2, “motocicletas de dos ruedas simples de, al menos, 15 pulgadas en la rueda delantera, sin sidecar”. El primer cambio importante lo encontramos en la cilindrada de la moto empleada para poder sacarse el permiso A2 y es que baja la cilindrada mínima exigida debido a la transposición obligatoria de la normativa europea: “si están propulsadas por un motor de combustión interna, deberán tener una cilindrada no inferior a 250 cm3”. Hasta ahora la moto debía se de una cilindrada no inferior a 395 cm3.
¿Qué equipamiento tengo que usar para sacarme el carné de moto?
Este cambio llegaba con la publicación del Real Decreto 971/2020 concretamente con el párrafo que recogía que el uso del equipamiento correspondiente pasaba ser obligatorio. Eso sí, no dice que el examinado tenga que llevar su propio material y no pueda ser cedido, por ejemplo, por las propias autoescuelas. Se busca, de esta manera, la mayor protección a la hora del examen. El párrafo completo dice así: “Asimismo, podrán verificar en cualquier momento que el aspirante dispone del equipo de protección adecuado que, en su caso proceda. Concretamente para los permisos de las categorías AM, A1 y A2 este equipo estará compuesto por: casco homologado; guantes; chaqueta y pantalones concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta, provistos de las correspondientes protecciones, al menos en espalda, hombros y codos para las chaquetas y rodillas en el caso de los pantalones; así como botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo. Podrá verificar también que el aspirante lleva las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas”.
¿Cuánto tiempo tengo para examinarme?
Antes, el plazo máximo entre las pruebas de práctica en circuito cerrado y en tráfico abierto era de seis meses. Ahora pasa a 24, es decir, dos años para poder superarlo: «En dicha autorización, que tendrá un período de vigencia de dos años, constarán, al menos, los datos de la escuela particular de conductores, el aspirante, los profesores y las matrículas de las motocicletas a utilizar, así como las fechas de expedición y vigencia».