Por unos u otros motivos alguien puede estar interesado en sacarse el carnet de conducir con una moto automática. Esto es totalmente legal y se puede hacer hoy en día sin mayor limitación que la de encontrar una autoescuela que disponga de una moto automática. Y ojo, que automática no significa obligatoriamente que se trate de un scooter, sino que no tengamos que cambiar marchas nosotros. El caso es que ya pretendas sacarte la Licencia AM, Carnet A1, A2 o el A puedes hacerlo gracias a lo recogido en el Reglamento Genera de Conductores aprobado en el RD 818/2019 de 8 de mayo ,y más concretamente al punto 4 del anexo VII.
Esta excepción permite que uno se pueda examinar del carnet con una moto automática, es decir, que no tenga cambio manual o semiautomático. Como decíamos, lo que más trabajo te costará y esto es el gran contra, es encontrar una autoescuela en la que puedas hacerlo. Y es que la mayoría de las autoescuelas a día de hoy solamente disponen de motos con cambio. Y eso teniendo en cuenta que sea el A2, si pretendes hacerlo con el A1 será todavía más complicado. Otra opción que tienes es la de ir por libre con tu propia moto con todas las complicaciones que conlleva, y teniendo en cuenta que la moto tendrá que cumplir con las especificaciones técnicas para el permiso al que te presentas.

Otra limitación que te encontrarás una vez cuentes con el permiso de conducir es que este solamente te habilitará para hacerlo en motos automáticas. Es decir, legalmente no podrás conducir motos que cuenten con cambio de marchas aunque sean semiautomáticos, pues solamente estarás capacitado para hacerlo con motos 100% automáticas.
En cuanto a los beneficios que tiene contar solamente con el permiso de moto automática es que será mucho más cómodo y sencillo sacarse el carnet, pues no hay que estar pendiente de llevar la marcha que toca para evitar que se cale, la salida y la parada son más fáciles… en resumen, es mucho más cómodo a nivel usuario.