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El Gobierno rebaja el límite de velocidad máximo en carreteras convencionales a 90 km/h

Fotos: DGT
Hoy está previsto que el Consejo de Ministros apruebe el Real Decreto mediante el que se rebajará el límite de velocidad en carreteras convencionales de 100 a 90 km/h. La DGT busca así armonizar los límites y reducir el número de fallecidos en este tipo de vías. Esta previsto que entre en vigor entre febrero y marzo de 2019.

Desde hace tiempo se llevaba hablando de reducir la velocidad máxima en carreteras convencionales con arcén de más de metro y medio desde los 100 km/h a los 90 km/h. Ese cambio se hará efectivo después de que hoy el Gobierno apruebe una serie de medidas entre las que se incluye esta reforma así como otras que atañen a las sanciones por usar el teléfono móvil o circular en moto sin casco.

Está previsto que antes de primavera entre en vigor esta modificación del Artículo 48 del Reglamento General de Circulación y que dejará un cuadro más simplificado de velocidades máximas en vías. De esta forma, en carreteras convencionales los límites serán de 90 km/h para turismos, motos y autobuses y 80 km/h para el resto de vehículos, siendo aproximadamente unos 7.000 km de carreteras los afectados de los 165.000 que conforman la red de carreteras de España (un 4,2%).

En autopista y autovía los límites seguirán siendo los mismos que conocemos hasta ahora: turismos y motos (120 km/h), camiones y furgonetas (90 km/h) y el resto de vehículos, incluídos autobuses (100 km/h).

Infografía límite 90

En carretera convencional existirá una excepción y es que cuando la vía cuenta con separación física entre los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos y motos. Además, las autocaravanas tendrán un límite de velocidad en función de su masa máxima autorizada y los automóviles con remolque, vehículos de transporte escolar y de menores o mercancías peligrosas seguirán teniendo que circular con un límite de 10 km/h inferior a los citados anteriormente. Y se añade un límite máximo de 30 km/h en las vías sin pavimentar.

El plazo fijado por la DGT para adaptar los límites de velocidad se estima en aproximadamente un mes. Las señales se adaptarán mediante pegatinas sobre las ya existentes, de forma similar a 2011 cuando se modificó el límite máximo de 110 km/h en autopistas y autovías.

Una reducción de velocidad con varios objetivos

Nuevas máximas

El primer objetivo de esta modificación de la velocidad es reducir el número de fallecidos en carreteras convencionales. Según el informe de impacto previo elaborado por el Observatorio de la Seguridad Vial de la DGT, esta norma reducirá “un 10% los fallecidos en estas vías. Pequeñas variaciones de velocidad de circulación suponen grandes beneficios en términos de seguridad”, señala Álvaro Gómez, director del Observatorio.

Varios datos apoyan esa idea: en las carreteras convencionales (que soportan el 77% de los fallecimientos en accidentes en vías interurbanas) se producen el 75% de los accidentes con víctimas y la velocidad inadecuada es la causa concurrente en el 20% de los mismos (dato que sube al 37% de los accidentes mortales en vías interurbanas).

“La velocidad tiene influencia directa en la frecuencia y severidad de los accidentes”, señala el informe Velocidad y Riesgo de Accidente de 2018 realizado por la OCDE y el Forum Internacional del Transporte (ITF). Este informe recuerda que “con más altas velocidades de conducción, el número de accidentes y su severidad crecen desproporcionadamente” y confirma que reducir la velocidad media 5 km/h en vías interurbanas reduce un 28% los accidentes mortales. Por ejemplo, según el modelo Nilsson (comúnmente aceptado) una subida del 1% en la velocidad media conlleva un crecimiento del 2% en la frecuencia de accidentes con víctimas, del 3% en la frecuencia de accidentes graves y del 4% en el de accidentes mortales.

Velocidades máximas

El estudio de OCDE e ITF concluye que “el diseño de las vías y de los límites de velocidad deben tener en cuenta las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar y sobrevivir” y recomiendan, calificándolo de razonable, un límite de 30 km/h en todas las áreas donde vehículos motorizados y usuarios vulnerables compartan el mismo espacio” (zonas residenciales, áreas construidas…); en áreas con intersecciones y alto riesgo de colisiones laterales recomienda 50 km/h y en carreteras sin separación de sentidos, para reducir el riesgo en colisión frontal, 70 km/h.

Por otro lado y según se ha dicho en varias ocasiones, España se homologa así a otros países europeos como Bélgica, Croacia, Grecia, Italia, o Portugal, que ya tienen una velocidad máxima en este tipo de vías de 90 km/h mientras que Francia redujo recientemente su velocidad a 80 km/h.

Adelantamientos

¿Cómo nos afectará a la hora de realizar un viaje? Pues lo cierto es que relativamente poco. Ya no porque menos de un 5% de las carreteras verán modificadas su velocidad sino porque en muchos casos, la cantidad de kilómetros que se circulaba por ellas no era suficiente como para que influyese directamente en el tiempo de desplazamiento.

Aun suponiendo que circulásemos por una de estas carreteras a 100 km/h durante una hora, siempre a la velocidad máxima y que no hubiese ningún límite específico por intersecciones, a 90 km/h tardaríamos en recorrer esos mismos 100 km poco más de una hora y seis minutos. Es decir, el tiempo perdido sería de menos de 7 minutos en el mejor de los casos.

Otras medidas que también se aprobarán

Habrá también otras medidas que se aprobarán, entre ellas el uso del teléfono móvil mientras se conduce que ahora conllevará una sanción de 6 puntos (antes 3). De igual forma, no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o transportar un niño sin un sistema de retención infantil (SRI) se sancionará con 4 puntos en el permiso de conducir (antes 3).

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