Publicidad
[the_ad_placement id="adsense-mega-2-mobile"]

¿Puedes desgravarte la moto en la Declaración de la Renta?

Repasamos los casos en los que te puede beneficiar
Ha llegado el momento de empezar a preparar la Declaración de la Renta. Todos los años pasamos por ese “trance”, pero ¿puedes desgravarte algo de la moto?

Cada primavera lo mismo, toca rendir cuentas con Hacienda. Es el momento de hacer la Declaración de la Renta (si es que no estás exento) y hay cosas que se pueden desgravar, otras que tienen bonificaciones fiscales y otras que no. Una duda es si la moto puede ser una de esas cosas que se desgravan y, como pasa en muchas otras ocasiones, la respuesta es más compleja que un sí o un no.

De todas maneras, siempre es mejor que consultes tu caso particular con un gestor y es que aunque hay generalidades, dependiendo de tu lugar de residencia puede ser diferente.

En qué casos puedo desgravar gastos de la moto en la declaración de la renta

Gastos de desplazamiento

Este es uno de los puntos en los que sí podrás desgravar gastos relativos a la moto en la Declaración de la Renta, pero solamente es algo que pueden hacer los empresarios y autónomos si la moto es una de tus herramientas de trabajo.

Como sucede con otras herramientas, hay gastos asociados a la moto que se pueden deducir y que van, desde la misma compra del vehículo hasta su mantenimiento, pasando por el combustible, el seguro y otros costos relacionados.

Eso sí, es imprescindible mantener un registro detallado de estos gastos, ya sea a través de facturas y recibos físicos o utilizando herramientas de seguimiento de gastos, para respaldar adecuadamente cualquier deducción que se reclame en la declaración de la renta y así poder confrontar los datos en caso de una inspección paralela.

Hay gastos que sí puedes desgravar

Gastos relacionados con el trabajo

Este punto es mucho más delicado y hay que cogerlo con pinzas, con muchas pinzas, pues depende no sólo de lo que recoge la ley sino de la interpretación. Si como parte de tu trabajo siendo asalariado debes emplear la moto y no te reembolsa los gastos, quizás y sólo quizás, puedas deducir parte de estos gastos en la declaración de la renta.

Es importante remarcar que estos desplazamientos deben estar directamente relacionados con tu actividad laboral, por lo que mantener un registro de tus viajes y asegurarte de que sean necesarios para tu trabajo es fundamental para evitar problemas con Hacienda.

Amortización de la moto

Otro aspecto a considerar si eres empresario o autónomo es la amortización de la moto. Es parte del primer punto que habíamos visto, el referente a la compra, y los requisitos son similares. En este caso, la amortización refleja contablemente la reducción del valor del activo a lo largo de su vida útil, y es una forma de reconocer este desgaste en términos fiscales.

Eso sí, la amortización debe calcularse en función a unos parámetros establecidos y es algo que, prácticamente sin opción, tendrá que calcularte un especialista para dar con la cantidad exacta que puedes deducir en la declaración de la renta.

En caso de poder, podrías incluso desgravar gastos de mantenimiento o reparación

Incentivos fiscales para vehículos «ecológicos»

Otro aspecto que debes tener en cuenta en la Declaración de la Renta es si tienes o no un vehículo “ecológico”. En motos y mientras llega la Kawasaki Híbrida al mercado, se refiere únicamente a las motos eléctricas.

Hay algunas comunidades que ofrecen incentivos fiscales y algunos de ellos pueden reflejarse en la declaración. Pero ojo con eso, porque si además te has acogido al plan PIVE, en ese caso tendrás que declarar el ingreso de la ayuda y en vez de desgravar tendrás un ingreso extra sobre el que pagar impuestos.

Como ves hay muchas y muy variadas opciones. Algunos sí podrán desgravarse la moto y sus gastos, pero la mayoría no tendrán opción de hacerlo. En cualquier caso y como hemos dicho en varias ocasiones, para salir de dudas lo mejor es que un profesional estudie tu caso detenidamente y te marque las pautas a seguir.

Esa opción es mejor incluso que la de consultar a la propia Agencia Tributaria, pues en ocasiones no es tan fácil obtener una respuesta clara.

Lo último

Lo más leído