Lo publicamos cuando se aprobó y, pasado el plazo legal habitual, está vigente desde el 20 de mayo. Las nuevas normas de la ITV cambian algunas cosas y afortunadamente en la mayoría de casos a mejor. Lo más destacado son dos novedades que nos parecen muy positivas, de hecho debería haber sido así desde siempre y lo habíamos reclamado en alguna ocasión.
La primera es que, si surge algún problema y no pasamos la ITV, podremos corregir ese defecto y acudir a otro centro. Esto que no parece muy importante, sobre todo si todas tuvieran los mismos criterios, se convierte en algo fundamental cuando sabemos que las revisiones suelen ser muy subjetivas. O sea, que depende de quién te toque, del humor que tenga ese día en ese momento, o de las instrucciones que haya recibido. Sabemos de casos de ITV rechazadas injustamente: si tienes que volver a enfrentarte a las mismas personas con algo que piensas que llevas bien… es un problema. Ya no: podrás ir a otra estación. Porque también sabemos de ITV aprobadas cuando lo justo hubiera sido rechazarla… pero como tenemos claro para qué sirven (recaudar), pues eso. En Francia o Portugal las motos no pasan ITV, por si no lo sabías.
Poder ir a otra ITV en caso de fallo, o no perder fechas si la pasamos antes: dos buenas novedades.
La segunda novedad importante es que ya no perderemos “tiempo eficaz” de ITV si somos previsores. Hasta hoy, si tu ITV caducaba un día y decidías pasarla unos días – o semanas – antes, perdías todo ese plazo y la siguiente tocaba pasarla al año (o antes) de esa nueva fecha. Es decir, que si eras sistemáticamente previsor y la pasabas dos semanas antes cada vez, al cabo de los años podías perder meses de vigencia. La nueva norma acaba con esta injusticia: podemos pasar la ITV hasta un mes antes de la fecha de vencimiento, y se mantendrá esa fecha para la siguiente revisión.
Más novedades: control electrónico
Otra novedad interesante es que las ITV ya reconocerán las inspecciones realizadas en otros países de la Unión Europea. Así, se facilita la importación de coches y motos procedentes de otros países, pues si han pasado la inspección allí no necesitarán volver a hacerlo aquí.
La nueva ley obliga a las ITV a equiparse con material a la última, y eso incluye aparatos capaces de conectarse a las tomas de diagnóstico de las centralitas (OBD). Afectará a los coches a partir de 2006: con una conexión, la ITV sabrá si se ha manipulado algún elemento de seguridad o la centralita del motor. Esto, más nuevos controles más estrictos de emisiones, harán más complicado que algunos coches (se piensa mucho en los diésel) superen las pruebas incorrectamente. Por ahora esto no afectará a las motos ya que los estándares de conexión son diferentes.
También se hará un registro electrónico del kilometraje, que pondrá más difícil los “trucajes” en las ventas de ocasión. El resto de novedades nos afectan menos: los vehículos de alquiler la pasarán cada cuatro años (hasta ahora, dos) y como decíamos hay nuevas exigencias a los centros (material y titulación de inspectores). Las matrículas históricas se podrán pedir a partir de los 30 años (hasta ahora 25). Y, por cierto, a partir de ahora en la ITV te pedirán el recibo el seguro del vehículo. No hay que sepamos por ahora cambios en las tarifas, que dependen de cada comunidad autónoma.