Aunque no seamos juristas ni expertos, cada ley que está en vigor nos afecta y el conocerla o no conocerla no nos exime de cumplirla, ni de las repercusiones que aplicarla pueda tener sobre nosotros. Esto nos puede pasar con una ley sobre las basuras, sobre las horas de descanso o sobre una ley que se encargue de valorar los supuestos en los que, tras un accidente, se puede reclamar una indemnización.
Ese último supuesto es en el que está metido Steven Hadley, con un accidente que sufrió en 2012 cuando circulaba con su moto en Kigary, un pueblo en Queensland (Australia). Hasta ahí todo normal dejando pasar el hecho que 2012 fue hace ya 12 años y que, por tanto, el bueno de Steven ya tendría que haber sido indemnizado.
Pero es al conocer al contrario del accidente cuando empiezan los problemas con la ley. Y es que en accidente tuvo lugar cuando una vaca se cruzó en su camino mientras circulaba a unos 100 kilómetros por hora.
El impacto fue brutal, tanto que Hadley voló varios metros, y después sufrió unas serias lesiones que aún hoy le condicionan en su día a día. Pero el problema para el australiano es que hay en vigor una ley de hace 300 años, que exonera al propietario de la vaca a pagar por ningún daño. Y ningún daño quiere decir justamente eso, ninguno.
Da igual que la ley sea anacrónica y que hace 300 años siquiera se planteasen la posibilidad de un accidente así. También da lo mismo que esa ley se haya derogado en todo el país salvo en Queensland y el Territorio del Norte. El propietario de la vaca no es responsable de ningún daño porque, a ojos de la ley, el propio Hadley es el responsable.
¿Qué dice la ley en España?
Si una situación así se diera en España, que se dan, hay posibilidades de que te veas como el propio Hadley. Y es que la reforma de la Ley de Tráfico de 2014 hace que la responsabilidad recaiga sobre el conductor, cuando antes eso solamente sucedía si en el momento del accidente el conductor incumplía alguna norma.
Aun así, hay alguna excepción y es que si es un animal salvaje, y ha habido una acción de caza colectiva el mismo día o que haya sucedido máximo 12 horas antes, el responsable será el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno.
Además, existe la posibilidad de señalar como responsable el titular de la vía pública en aquellas situaciones en las que el accidente se haya producido por no reparar una valla de cerramiento, o no disponer de señalización específica de animales sueltos.
En el caso de los animales domésticos, si el animal lleva chip y se localiza al dueño, podría reclamarse a él como responsable. Y en cuanto al ganado, el conductor tiene preferencia a no ser que estemos en cañas señalizadas o si entramos en otra vía y los animales estén cruzando ya.
Por tanto y para resumir, en España si los animales tienen dueño no nos veremos en la situación del pobre Hadley, pero si son salvajes es muy probable que sí.