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Multas de tráfico en el extranjero, ¿hay que pagarlas?

Fotos: Bigstock.com
Cometer una infracción de tráfico en un país de la Unión Europea ya no te sale gratis. Una directiva europea ya hace posible que la multa te llegue a casa, sin necesidad de que te sea notificada en el momento de la infracción, tal y como ocurre cuando infringimos el código de circulación en España.

Olvídate de la leyenda urbana que afirmaba que las infracciones de tráfico en el extranjero quedaban impunes. Los organismos equivalentes a nuestra DGT de los distintos países que conforman la Unión Europea, se han puesto de acuerdo para el intercambio de información en dicha materia, por lo que las multas en países miembros te llegarán a casa. Hasta que esta nueva normativa entró en vigor, sólo si te pillaban in flagranti y te paraban te veías obligado a hacer frente a la correspondiente “receta”. De hecho, según señalan los expertos, aproximadamente una cuarta parte de infracciones cometidas por conductores extranjeros no residentes quedaban impunes ante la incapacidad por parte de las administraciones de identificar al infractor. Esto se ha acabado. Ahora la multa te llegará por correo a casa ya que el país donde cometas la infracción podrá acceder a la base de datos de la DGT para indagar quién es el titular del vehículo infractor.

La cuantía de la multa y el proceso sancionador dependerán de la legislación del país que emite la sanción.

En cuanto al proceso sancionador y la cuantía de la multa, ambos aspectos son competencia del país que emite la sanción. Una vez recibida la multa las opciones que se te presentan son las mismas que prevé nuestra legislación: identificar al infractor si no ibas tú conduciendo, presentar un recurso, proceder a su pago según el cauce que se te indique en la notificación… o no pagar. Si optas por no pagar, no te podrán embargar la cuantía de la multa tal y como ocurre en España, sino que dependerá del acuerdo que haya suscrito entre ambos países para estos casos. No obstante, la tendencia en este sentido va en el camino de que no te escapes, y que paulatinamente se allane el terreno para que se incorporen otras infracciones menores (mal estacionamiento por ejemplo) al listado de multas cometidas en el extranjero que te llegan a casa.

Conoce la legislación del país

Como bien sabes, el desconocimiento de la norma no te exime de su cumplimiento. Así pues, lo más sensato dadas las nuevas circunstancias, es conocer al menos los puntos clave de la legislación en materia de seguridad vial del país al que tengas previsto viajar. Límites de velocidad fundamentalmente. Para ello, la página web de la Comisión Europea de Movilidad y Transportes dispone de esta sección que resume, país por país (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Letonia y Liechtenstein), las principales normas de circulación a las que debes atenerte en tu viaje.

Las 8 infracciones previstas en la Directiva

A continuación te enumeramos las ocho multas por las que te podrán llegar multas desde la Unión Europea:

1. Exceso de velocidad. 2. Conducir con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas en cada país. 3. No utilizar de cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados. 4. Saltarse un semáforo en rojo o no detener el vehículo en el lugar prescrito por la señal de stop. 5. Circular por un carril prohibido, hacerlo de forma indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios, tales como carril bus, por ejemplo. 6. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes… y cualquier otra sustancia que pueda alterar tu capacidad. 7. Circular sin casco. 8. Uso antirreglamentario del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce.

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