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Todas las motos que se compren desde el 1 de enero tendrán esta gran ventaja

Un gran incentivo para estrenar moto
Fotos: Marcas
Si vas a comprar una moto a partir del día 1 de enero tendrás una ventaja que quizás no esperabas. Cambia la ley de garantías y podrás sacarle partido.

Una de las grandes preocupaciones a la hora de comprar una moto o un objeto de gran valor, es el servicio de postventa durante la vida útil del mismo y, por supuesto, el periodo de garantía. Pues bien, a partir del día uno de enero de 2022 la ley que regula estos dos escenarios variará para dar al comprador una mayor seguridad. Te contamos los nuevos detalles, y las ventajas que tendrás si eres el afortunado que va a estrenar moto para arrancar el año.

La ley de garantías afectará a todos los bienes de consumo y, obviamente, también a las motos y el gran cambio que nos encontramos es que la garantía obligatoria pasará de ser de tres años en lugar de los dos actuales. Además, no tendrá límite de kilometraje (algo que ya sucedía) siempre y cuando el error se deba a un defecto de origen. El segundo cambio y más teniendo en cuenta el futuro movido que se avecina en la automoción también es importante, y es que los fabricantes deberán tener piezas de repuesto por ley hasta 10 años después de que deje de fabricarse la moto. Actualmente ese plazo estaba establecido en cinco.

La ley no afecta a las ampliaciones de garantía que ofrecen las marcas

Pero la ley va un paso más lejos y es que actualmente y a pesar de los dos años de garantía, cualquier error surgido en los primeros seis meses la ley daba por hecho que era un obvio fallo de origen y era la marca la que, en caso de no estar de acuerdo, tenía que demostrar que el desperfecto lo había generado el usuario. A partir de esos seis meses era el usuario el que, en un momento dado y si la marca se ponía a la defensiva, tenía que demostrar que estábamos ante un fallo de fabricación. A partir del uno de enero de 2022 y durante los dos primeros años cualquier error será considerado un fallo de fábrica, a no ser que la marca no esté de acuerdo y quiera demostrarlo. Es decir, pasamos en realidad de seis meses efectivos de garantía a dos años. Eso sí, también hay que decir que por norma general a las marcas les interesa cumplir en postventa, y ha sido poco frecuente verlas recurrir a la ley para no hacer frente a las garantías.

También hay que tener en cuenta siempre que para que nos cubra la garantía deberemos de pasar las revisiones oficiales que marque el fabricante. Eso sí, desde hace años pueden llevarse a cabo en talleres externos a la marca, siempre que se cumplan las mismas especificaciones que indica la fábrica. No hay que olvidar tampoco que las garantías no cubren elementos de desgaste como pudieran ser los frenos, neumáticos, embrague…

Por último hay que aclarar que esta reforma legislativa no influye sobre las extensiones de garantía, las denominadas garantías comerciales, que son un extra que se puede contratar con la marca y en la que se tiene más tiempo aunque con las condiciones que establezca cada marca en cada caso y en la que el kilometraje, por ejemplo, sí puede ser determinante a la hora de estar cubierto en caso de avería.

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