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¿Puedo entrar en moto en Madrid?

Fotos: SMN
Hoy 30 de noviembre ha entrado en vigor la zona de bajas emisiones denominada Madrid Central. De esta forma, el Distrito Centro tendrá restringida su circulación con el fin de disminuir las emisiones contaminantes. Las restricciones afectan tanto a coches como a motos, por lo que te contamos cómo puedes acceder con tu motocicleta al centro de Madrid.

La Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid entró en vigor el 23 de octubre, pero hasta hoy no se han hecho efectivas las restricciones de tráfico para la zona centro de la ciudad, la denominada ya como Madrid Central.

Se trata de la Zona de Bajas Emisiones y Prioridad Residencial del Distrito Centro y está señalizada con una línea roja así como con paneles informativos. El perímetro está comprendido por las siguientes calles: Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, Sagasta, glorieta de Bilbao, Génova, plaza de Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, glorieta de Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover.

Por las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras, Cuesta Ramón, Ventura Rodríguez y Duque de Liria sí está permitido circular al no existir otras alternativas.

¿Puedo entrar con mi moto en Madrid Central?

Sí, pero con excepciones. Los residentes o aquellos con movilidad reducida además de servicios públicos esenciales o asistencia sanitaria pública pueden acceder y circular sin restricciones.

En el caso de las motos, aquellas etiquetadas como CERO o ECO pueden entrar y aparcar sin limitaciones. Para los que sean B o C, podrán acceder a Madrid Central entre las 7:00 y las 22:00 horas. Si lo hacen fuera de ese horario, únicamente será para aparcar en un parking, un garaje particular o plaza de aparcamiento para residentes. Si tu moto no tiene distintivo de la DGT, no podrá acceder por regla general.

Existen excepciones, por ejemplo para llevar a los niños al colegio, para ir a un taller o las autoescuelas. En este enlace las puedes consultar todas.

Etiquetas DGT motos

Si entro en Madrid Central, ¿me multarán?

De momento no ya que las restricciones han entrado en vigor en fase informativa. Los agentes de policía y movilidad podrán advertir a los conductores de que no pueden circular, pero no sancionarán.

A partir de enero, las cámaras serán las encargadas de controlar el acceso a Madrid Central de forma automática. Durante un periodo de dos meses, aquellos que incumplan la normativa recibirán una carta a modo de aviso, pero tampoco serán multados.

Aproximadamente a finales de febrero sí se comenzará a multar a los vehículos que accedan y no lo puedan hacer según los requisitos que os hemos contado, aunque se espera que tras este periodo de transición y con la señalización clara, las multas sean mínimas. La intención del Ayuntamiento no es generar sanciones, aunque en caso de incurrir en ella, el importe será de 90 euros que es el mismo que se aplica si se accede a un área de prioridad residencial sin permiso.

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